Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral:
Fechas de Vencimiento
DJ INFORMATIVA - CUATRIMESTRE SEPTIEMBRE A DICIEMBRE 2010
Terminacion de CUIT 0 ó 1: 25/01/2011
Terminacion de CUIT 2 ó 3: 26/01/2011
Terminacion de CUIT 4 ó 5: 27/01/2011
Terminacion de CUIT 6 ó 7: 28/01/2011
Terminacion de CUIT 8 ó 9: 31/01/2011
Para más información sobre la declaración jurada informativa cuatrimestral ingrese al siguiente vínculo: http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/rg2888.asp
Recategorización Cuatrimestral
El 20 de Enero próximo vence el plazo para la recategorización correspondiente al último cuatrimestre de 2010.
La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el año 2010 y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.
Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, usted deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.
¿Qué períodos abarca la presente recategorización?
Período a considerar Vencimiento para la recategorización Enero/2010 a Diciembre/2010 20 de Enero de 2010
¿Cómo debe realizarse la recategorización?
La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio "Sistema Registral", opción "Registro Tributario" -->; "Monotributo" y seleccionando la opción "Recategorización".
¿Desde cuándo corresponde pagar la nueva categoría?
El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de Febrero de 2011. Vencimiento: 21 de Febrero de 2011. Consulte formas de pago Aquí. Para facilitarle las cosas, le ofrecemos una demostración interactiva con la que podrá ver el “Paso a Paso” del proceso de recategorización.