La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió adelantar el vencimiento del régimen cuatrimestral que afecta a los monotributistas que ganan más de $6.000 al mes.
Originalmente, el régimen que fue puesto en marcha a través de la Resolución General Nº 2888 disponía en su artículo quinto que "la información deberá ser remitida hasta el último día hábil del mes inmediato siguiente al de la finalización de cada cuatrimestre calendario". Teniendo en cuenta esta resolución,  los monotributistas deberían haber tenido tiempo hasta el próximo 31 de enero sin importar número de CUIT. Sin embargo, de acuerdo al comunicado publicado por la AFIP en su web priorizó el esquema de planteado en la Resolución General Nº 3009 que estableció el calendario de vencimientos 2011. Por lo tanto, los pequeños contribuyentes que ganan más de $6.000 al mes comenzarán a cumplir con la obligación a partir del 25 de enero próximo. De esta manera, la AFIP da respuesta a la consulta elevada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (CPCECABA) que solicitaba una aclaración con respecto a  los vencimientos  a considerar por los contribuyentes para poder cumplir  en tiempo y formacon la obligación. Por lo tanto, los vencimietnos serán los de la Resolución General N° 3009 - Anexo I - Acápite E, dobde se establece el siguiente cronograma de vencimientos para las obligaciones de los monotributas:

Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral:


Fechas de Vencimiento

DJ INFORMATIVA - CUATRIMESTRE SEPTIEMBRE A DICIEMBRE 2010
Terminacion de CUIT 0 ó 1: 25/01/2011
Terminacion de CUIT 2 ó 3: 26/01/2011
Terminacion de CUIT 4 ó 5: 27/01/2011
Terminacion de CUIT 6 ó 7: 28/01/2011
Terminacion de CUIT 8 ó 9: 31/01/2011

Para más información sobre la declaración jurada informativa cuatrimestral ingrese al siguiente vínculo: http://www.afip.gob.ar/genericos/novedades/rg2888.asp



Recategorización Cuatrimestral


El 20 de Enero próximo vence el plazo para la recategorización correspondiente al último cuatrimestre de 2010.

La misma consiste en calcular los ingresos brutos obtenidos y la energía eléctrica consumida durante el año 2010 y, en algunos casos, la superficie afectada a la actividad y el monto de alquileres devengados en ese período.

Cuando estos parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que actualmente se encuentra, usted deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y, por lo tanto, no deberá realizar ningún trámite.


¿Qué períodos abarca la presente recategorización?
Período a considerar Vencimiento para la recategorización Enero/2010 a Diciembre/2010 20 de Enero de 2010


¿Cómo debe realizarse la recategorización?

La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio "Sistema Registral", opción "Registro Tributario" -->; "Monotributo" y seleccionando la opción "Recategorización".


¿Desde cuándo corresponde pagar la nueva categoría?

El pago de la nueva categoría corresponderá efectuarse desde el mes de Febrero de 2011. Vencimiento: 21 de Febrero de 2011.  Consulte formas de pago Aquí. Para facilitarle las cosas, le ofrecemos una demostración interactiva con la que podrá ver el “Paso a Paso” del proceso de recategorización.
Miguel
13/2/2011 01:59:15 am

Una consulta, yo debería haberme recategorizado el 20 de enero y no pude por estar de viaje. Puedo hacerlo ahora o debo esperar hasta el mes de mayo? Muchas gracias!
Miguel

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Alejandra
17/2/2011 10:32:23 pm

Miguel, tenés que esperar hasta mayo.

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Romina
25/3/2011 01:51:30 pm

Hola. Hace 3 meses me adheri al regimen por primera vez. Estoy en la categoria mas baja, la B. Trabajo vendiendo cosas muebles por Mercado Libre. Mi consulta es la siguiente, estoy a punto de pasar los parametros de mi categoria, y como Mercado Libre actua como agente de percepción si superas dichos parametos te sacan un 5% adicional de tus ventas. Quiero recategorizarme pero no me da la opción, tengo que esperar si o si un mes más? o hay alguna manera de recategorizarme antes? Espero respuesta. Gracias.

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Andrea
4/4/2011 06:33:02 am

Hola,

me inscribi en el monotributo en diciembre de 2010. Ya tengo 4 meses pagandolo, estoy en la categoria mas baja... pago 219 pesos por mes.

Yo debo recategorizarme? o es solo para monotributistas que ganan mas, mi situacion no ha cambiado.

muchisimas gracias

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Alejandra
18/8/2011 07:45:36 am

La recategorización se realiza cuatrimestralmente sólo si en los últimos 12 meses algunos de los parámetros tomados en cuenta para su categorización ha superado dicho límite. No pueden categorizarse en otra fecha que no sea la estipulada. Y si sus parámetros no cambiaron tampoco debiera cambiar su categoría.

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jesica
14/1/2013 02:48:30 am

Hola. Yo debo recategorizarme en Enero 2013, pasaria a la categoria F y tendria la obligacion de realizar la declaracion jurada cuatrimestral. Deberia informarla ahora, contando el ultimo cuatrimestre? o recien en mayo con el cuatrimestre Enero- abril? Gracias

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Roberto
21/1/2013 07:16:39 am

Estoy en la categoría I DE monotributo, omiti el cambio de categoría, puedo hacerlo ahora o esperar hasta mayo?hay alguna multa por la omisión?

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lorena
22/1/2013 09:14:34 am

yo tengo categoria I pero en los ultimos 12 meses pase a una facturacion menor digamos bajo en un 80 % debo recategorizarme con una categoria menor en mayo...

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Alejandra
27/1/2013 05:34:38 am

Sí Lorena, deberías hacer la recategorización.

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Pablo
28/1/2013 09:52:10 am

Te molesto para consultarte. Estoy en categoría B y debo recategorizarme pero me olvide de hacerlo antes del 20/01. Acabo de ingresar en la página de AFIP y creo me permite aún hacerlo. Cuano estoy en el proceso, me dice período de inicio: 02/2013, esto quiere decir que me permite cambiar la categoría para el ultimo cuatrimestre 2012 o me esta tomando el primer cuatrimestre el 2013? Lo sabrías?. Desde ya muchas gracias,

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Flavia
14/4/2013 05:30:21 am

Consulta, me quiero recategorizar. Se que el proximo periodo es en mayo. Tnego que esperar al vencimiento para hacerlo? O lo puedo hacer ahora en abril.
Gracias

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Alejandra
16/4/2013 02:58:55 am

Sí, tendrías que esperar ya que la página no te lo permite hasta esa fecha.

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Hercilia
8/5/2013 06:26:47 am

Comment deleted

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virginia
29/9/2013 10:38:02 pm

si me inscribi en agosto al monotributo debo empezar a pagar y contar los 4 meses para la recategorizacion desde ese mes o debo recien empezar a pagar en enero y contar desde ese mes?

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Alejandra
21/11/2013 02:55:09 am

Si te incribiste en agosto, comenzás a pagar a partir de ese mes. En enero hay que ver si corresponde la recategorización o no.

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Cintia
19/2/2015 04:36:41 am

Hola! Qué pasa si me olvidé de recategorizarme en enero? Tengo que pagar alguna multa? Puedo pagar la diferencia a favor de AFIP durante los próximos meses? No quiero tener problemas con la AFIP, por eso las dudas. Estoy en la categoría C (me paso a la D por $200 de categoría). Gracias.

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