Atención: aquellos contribuyentes en Convenio Multilateral sin atribución de actividad a Provincia de Buenos Aires y aquellos contribuyentes locales del impuesto a los ingresos brutos en otras jurisdicciones distintas de Provincia de Buenos Aires, deberán abstenerse de realizar cualquier tipo de gasto en Provincia de Buenos Aires. De hacerlo, serán pasibles de percepción (R.N. ARBA 101/2008 101/2008”) a la alícuota del 6% y además serán incluidos en el SIRCREB. 

 
Fuente: Dr. Humberto Diez
 
Las deudas impositivas de unos 1500 contribuyentes morosos que estén afectados por enfermedades graves serán eximidas de pago a partir de un convenio firmado ayer por el Ministerio de Salud bonaerense y la Agencia de Recaudación Buenos Aires (ARBA).

Fuente: La Nación
 
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La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires informa que se extiende hasta el 31 de marzo el régimen de regularización de deuda para los contribuyentes de los impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos. De acuerdo a lo establecido por las resoluciones 6, 7 y 8/2010 se prorroga la vigencia de los planes de pagos regulados oportunamente por las resoluciones 90/09, 91/09 y 92/09, que incluyen los impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

Fuente: ARBA
 
Les doy a conocer el último plan de pagos de ARBA:

http://arba.gov.ar/NoticiasHome/MasInfo_Noticias.asp?idNoticia=266